martes, 11 de mayo de 2010

Parlamento


El parlamento es un órgano constitucional de un Estado con sistema parlamentario, compuesto por los representantes elegidos por el pueblo que tiene atribuida la misión principal de expresar la voluntad de éste, elaborando y aprobando normas jurídicas de carácter general e interviniendo en la integración y funcionamiento de otras instituciones del Estado. Su misión es la misma que la del Congreso, pero éste último tiene más definida la separación de poderes legislativo y ejecutivo y es propio del sistema presidencial.

Características generales

El Parlamento comparte en todos los Estados democráticos del mundo unas características generales, tanto en lo que se refiere a su naturaleza como a sus funciones.

  • En cuanto a la naturaleza del Parlamento, se puede enunciar las siguientes características esenciales:
    • Elección de sus miembros por la vía del sufragio universal, libre, directo y secreto de todos sus miembros o, cuando está compuesto por más de una Cámara, al menos de una de ellas (normalmente denominada Cámara Baja y electa conforme al principio de representación proporcional).
    • Autonomía plena en lo que se refiere a su autorregulación, presupuestos y estatus de sus miembros.
  • En cuanto a las funciones del Parlamento, le corresponden básicamente las siguientes:
    • La elaboración y aprobación de las Leyes.
    • La elección de los integrantes del Poder ejecutivo o al menos la fiscalización de su acción.
    • La orientación de la política pública y de las líneas de actuación del Estado.
    • La integración de otros órganos constitucionales.


Las funciones del Parlamento

El Parlamento tiene atribuidas diversas funciones en los diferentes países, aunque es posible precisar una serie de prerrogativas comunes a la mayoría de ellos y enumerar otras que le corresponden según se trate de un sistema político parlamentario o presidencialista.

En general, corresponde al Parlamento la mayoría de los países:

    • La elaboración y aprobación de las Leyes.
    • La elección de los integrantes del Poder Ejecutivo o al menos la fiscalización de su acción.
    • La orientación de la política pública y de las líneas de actuación del Estado.
    • La integración de otros órganos constitucionales.

En el sistema parlamentario, los integrantes del Gobierno mantienen sus cargos sólo mientras conserven la confianza del Parlamento, o su caso de una de las Cámaras de éste. El Jefe del Gobierno y los demás miembros del mismo suelen ser nombrados por el Jefe del Estado, sea un Monarca o un Presidente, pero dependen del Parlamento, ante el que responden de su gestión política. En estos casos el Parlamento dispone de dispositivos constitucionales para derribar al Gobierno, como la adopción de una moción de censura o la desaprobación de una cuestión de confianza planteada por el Ejecutivo.

En el sistema presidencialista, los integrantes del Gobierno no son electos por el Parlamento, pero en muchos casos el Presidente sólo puede nombrar para el Ejecutivo a personas que el Parlamento o una de sus Cámaras apruebe mediante una mayoría determinada, y en prácticamente todos los países el Parlamento tiene la opción de procesar y sentenciar a los funcionarios públicos, incluido el Presidente de la República, un procedimiento llamado juicio político que puede concluir con la destitución e inhabilitación del acusado.



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